martes, 18 de mayo de 2010

Lecciones sobre Libertad Sindical: Cada vez estoy más enamorado de la Justicia en este país

Segunda Parte: Otra sentencia contra los dictadores del Cabildo de Gran Canaria (con Nueva Canarias nuevamente por medio…).

En fin… aquí les adjunto otro comunicado que hemos recibido:


"Las Palmas de Gran Canaria, mayo de 2.010

EL GRUPO DE GOBIERNO DEL CABILDO (PSOE-NC), CONDENADO NUEVAMENTE POR PRÁCTICAS ANTISINDICALES.

El Juzgado de lo Social Nº 5 de Las Palmas de Gran Canaria ha dictado sentencia el pasado día 21 de abril de 2010, por lesión de derechos fundamentales contra la libertad sindical, en el Instituto de Atención Social y Sociosanitaria.

Ya son tres, en los últimos meses, las sentencias que anulan sanciones y prácticas antisindicales a distintos miembros del Comité de Empresa.

La última de las sentencias (la nº 26/2009), reconoce que se cesó al delegado de la Sección Sindical de UGT (adjunto al jefe de producción de cocina) después de su nombramiento sindical y con el único motivo de ser afiliado y haber sido elegido por sus compañeros como delegado sindical de UGT, en una clara actitud de represión e intento de limitar la libertad sindical que consagra la Ley Orgánica de Libertad Sindical.

En los hechos probados se cita que los miembros del Consejo Rector (paradójicamente con los únicos votos del PSOE y NC) acordó el cese del actor como adjunto al Jefe de Producción por entender que el puesto era incompatible con el de delegado sindical, en una clara actitud de ilegalidad manifiesta que ahora deja claro el juzgador.

La sentencia cita varias del Tribunal Constitucional y también el Convenio Colectivo, considerando no ajustada a derecho tal cese por entender que no existe incompatibilidad alguna y que se trata de una vulneración del derecho fundamental a la LIBERTAD SINDICAL del actor, y por tanto ordena el cese inmediato de tal comportamiento antisindical y la reposición de la situación al momento anterior a producirse el mismo, así como la reparación de las consecuencias derivadas de tal acto, condenando además al abono de los salarios dejados de percibir y que pueden ascender tras la reclamación de los mismos a mas de 4.000 €.

lunes, 3 de mayo de 2010

Lecciones sobre Derechos de los Trabajadores: Cada vez estoy más enamorado de la Justicia en este país

Primera Parte: Otra sentencia contra los dictadores de NC, en este caso contra el Alcalde del Ayuntamiento de Telde y compañía (Nueva Canarias, como siempre…).

Recientemente nos ha llegado un correo de nuestros compañeros de la Sección Sindical de UGT en el Ayuntamiento de Telde, anunciándonos la feliz noticia de una nueva sentencia a favor de empleados municipales que anula otra de las tropelías de estos Nuevos Cristianos.

Desde la Sección Sindical de UGT en el Ayuntamiento de Santa Lucía queremos felicitar a dichos trabajadores por tener el valor de defender lo que es justo, así como a nuestros compañeros de UGT por acompañarles en la lucha, animándoles a que no cesen en su empeño de seguir trabajando por los derechos e intereses de los empleados públicos de Telde.

Aquí les adjunto el comunicado que hemos recibido:


“VARAPALO JUDICIAL AL SR. ALCALDE DE TELDE Y SUS EJECUTORES, POR SUS ACTITUDES DICTATORIALES


Esta sentencia corresponde a una de las numerosas reclamaciones efectuadas por compañeros/as, demandando les paguen por el trabajo hecho.

Entre los años 2.008 y 2.009, trabajaron en domingos y festivos limpiando playas, ya que el Concejal del Servicio les solicitó que lo realizaran porque la empresa Caseur se encontraba en un conflicto; pero a pesar de que el Concejal envió a la Alcaldía las relaciones de horas que ordenó realizar, debidamente firmadas y justificadas, el Alcalde todopoderoso se negó a pagar las mismas.

Después de casi un año haciendo gestiones para que pagasen, ya que alegaban que no podían porque existía un Reglamento de Productividad, hubo de acudirse a la vía judicial. Pero hay que aclarar algo: en ningún momento les ofrecieron a los trabajadores pagarles los importes por productividad, pero tampoco por horas extras. Querían que no cobrasen y en eso se empeñó nuestro Alcalde. A trabajar "mis esclavitos" que no les pagaré, y como además juego con el dinero del pueblo, si hay que pagar intereses y gastos de abogados pues se paga. De vergüenza…

En el ámbito judicial el no pagar, habiéndose justificado, se entiende por enriquecimiento injusto. En el ámbito coloquial, intentar quitarle a alguien lo que es suyo, tiene otro nombre…

No solo son compañeros de Recogida y Limpieza, hay de otras Concejalías y ya veremos lo que irá ocurriendo. Pero es evidente que el Sr. Alcalde no va a pagar de su bolsillo estos gastos; como siempre lo pagaremos los ciudadanos.”

P.D.: Si alguien está interesado o le apetece leer la sentencia, que haga clic aquí.